NOTIFICACIONES Y CITACIONES A EMPRESAS
Las notificaciones y citaciones a empresas se pueden realizar desde el pasado 20 de marzo, fecha en que entraron en vigor diferentes modificaciones de la Ley de Enjuiciamiento Civil, de forma telemática.
Desde nuestro despacho destacamos esa modificación que afecta a las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración de Justicia (empresas y profesionales, por ejemplo). La Administración de Justicia puede realizar notificaciones y citaciones a empresas en un procedimiento judicial por medios telemáticos.
El nuevo texto del Art. 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil dispone que si en el plazo de 3 días no se accede al contenido de la notificación, se procederá a su publicación en el Tablón Edictal Único.
Es decir, resulta especialmente relevante tener en vigor los certificados electrónicos y actualizados los canales de comunicación electrónica. La modificación introducida reduce el plazo para abrir la notificación, que actualmente es de 3 días.
En todo caso, recomendamos tener actualizados los datos en cualquier servicio oficial de comunicación, como por ejemplo la Dirección Electrónica Habilitada Única (dehú) y crear un usuario en la Carpeta de Justicia, aunque actualmente se halla en fase piloto.
Las notificaciones y citaciones a empresas puede realizarlas la Administración de Justicia por medios telemáticos. Nadie quiere recibir una demanda, pero, al menos, si ocurre, es mejor poder descargar la notificación y plantear una buena defensa