DESDE EL 30 DE ABRIL DE 2021 NO SE EXPEDIRÁN LIBROS DE FAMILIA
El 30 de abril de 2021, entra en vigor la mayor parte de la Ley 20/2011, del Registro Civil (publicada hace casi diez años).
Dicha Ley, como su título indica, regula la organización, dirección y funcionamiento del Registro Civil. En el mismo se inscriben hechos y actos relacionados con las personas como el nacimiento; nombre y apellidos; sexo y cambio de sexo; nacionalidad, matrimonio, separación y divorcio; régimen económico del matrimonio; determinados apoderamientos o el fallecimiento.
Cada persona tiene un registro individual en el que constan cronológicamente todos los actos y hechos que deben inscribirse en el Registro Civil.
En lo que interesa a la mayoría, como indicaba al inicio de la publicación, la principal novedad que trae la parte que entra en vigor es que desaparece el Libro de Familia tal como lo entendemos, es decir, en formato papel. Desde su entrada en vigor (30/04/2021) no se expedirán más Libros de Familia.
Eso sí, los que ya existen siguen teniendo efectos jurídicos, y en los mismos se seguirán anotando los correspondientes asientos.