movilidad infantil
El BOE publica hoy la orden por la que se establecen las condiciones para los desplazamientos infantiles desde mañana y mientras dure el estado de alarma.
A continuación os detallamos aquellos puntos que consideramos más importantes de dicha orden, pero podéis acceder al contenido completo .
- Se permite a los niños y niñas, menores de 14 años, a circular por las vías y espacios públicos acompañadas simpre de un un adulto responsable. Dicha circulación queda limitada a la realización de un paseo diario, de máximo una hora de duración y a una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio del menor, entre las 9:00 horas y las 21:00 horas.
- El paseo diario deberá realizarse como máximo en grupos familiares formados por un adulto responsable y hasta tres niños o niñas.
- Durante el paseo diario deberá mantenerse una distancia de seguridad con otros grupos de al menos dos metros.
- Mientras se respete el límite máximo de un kilometro con respecto al domicilio, se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, pero no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.